"Programa voluntario de suspensión
individual de la relación laboral (2016-2017)"
De manera inesperada la empresa
presenta y expone un programa que denomina “Programa voluntario de suspensión
individual de la relación laboral (2016-2017)” con la intención de incorporarlo
al conjunto del Convenio Colectivo. Este programa consiste en lo siguiente:
· Programa desarrollado en virtud de lo
recogido en el Art. 45.1.a del E.T.
· Podrán acogerse al Pacto Suspensivo
Individual (PSI) todos los empleados/as con una antigüedad superior a 15 años y
una edad de 53 años cumplidos.
· Quienes cumplan la edad podrá solicitarlo
durante los 3 primeros meses del año 2016 y quienes cumplan 53 años en 2017 lo
podrán solicitar en el primer trimestre del mismo año.
· La empresa subvencionará el 40% del coste
de la póliza básica de salud de Antares, tanto para el titular como los
beneficiarios que estén en cartilla de Seguridad Social.
· Se garantiza una renta mensual equivalente
al 68% del salario regulador en el momento de la suspensión y hasta que cumpla
65 años.
· El empleado/a se mantendrá de alta en el
Seguro Colectivo de Riesgo hasta que se cumpla 65 años. Quienes dispongan del
Seguro de Supervivencia igualmente dispondrán del mismo a los 65 años.
· La empresa realizará las aportaciones
obligatorias del Promotor al Plan de Pensiones al tiempo que el empleado/a
continuará realizando sus aportaciones obligatorias.
· La empresa reintegrará el Convenio
Especial que el trabajador/a haya suscrito con la Seguridad Social.
· El trabajador/a tendrá la opción de
reincorporarse a la empresa transcurridos 3 años desde la fecha de la
suspensión.
· Además del programa "Programa
voluntario de suspensión individual de la relación laboral (2016-2017)", la
empresa presenta un programa de Bajas Incentivadas, similar al de otros
Convenios Colectivos, para quienes deseando abandonar la empresa no reúnan los
requisitos exigidos en el programa de suspensión individual.
INTERVENCIÓN DE CCOO
SOBRE LA PROPUESTA :
"Programa voluntario de suspensión
individual de la relación laboral (2016-2017)"
Sobre el programa voluntario de
suspensión individual de la relación laboral, que la representante de la
empresa ha presentado en el día de hoy, CCOO realizará
un minucioso análisis sindical, laboral y jurídico sobre el mismo, antes
de adoptar cualquier decisión.
CCOO siempre ha manifestado su disposición a valorar y negociar
aquellas medidas que la empresa dispusiera en materia de adecuación de plantilla,
siempre y cuando cumpliera las premisas exigidas yconocidas por todos y todas
de Voluntariedad, Universalidad, aceptable condiciones económicas y mediante un
sistema que enlazara con la
Jubilación en óptimas condiciones.
No obstante, consideramos un error
presentar esta propuesta a estas alturas de la negociación colectiva cuando
debiera haberse realizado al comienzo de la misma.
Como también es conocido, CCOO ante este tipo de procesos, si se llega a un acuerdo sobre
la propuesta, tendrá dos objetivos primordiales:
· Garantizar las mejores condiciones para
aquellos/as que voluntariamente pudieran decidir acogerse a este programa
· Conseguir las máximas garantías de futuro
unidas a una mejora de sus condiciones laborales, para el conjunto de las
plantillas de este Convenio Colectivo.
Después de escuchar la exposición de la
representante de la empresa y en un primer acercamiento al documento entregado,
anticipamos que CCOO solicitará una mejora de las condiciones
económicas en cualquiera de sus fórmulas (que mejoren el porcentaje de salario
del 68%, que
contabilicen bienios o se revalorice la
renta).
Asimismo consideramos que para que la
propuesta sea mejor valorada por todas las partes implicadas, solicitamos estas
otras incorporaciones:
a) Solicitamos que el coste de la póliza de salud
(Antares) sea asumido íntegramente por la empresa y no sólo en el 40% como
propone.
b) Solicitamos que la aportación del promotor al Plan
de Pensiones se realice sobre el salario actual (en activo) y no sobre la renta
reconocida (68%).
c) Solicitamos que la empresa reintegre el importe
correspondiente al Convenio Especial con la S.Social hasta la fecha de jubilación ordinaria
(especialmente importante para quienes no puedan jubilarse a los 65 años)
.
Solicitamos que se entregue toda la documentación
necesaria para poder valorar con todo el rigor que requiere esta propuesta.
Expondremos nuestras consideraciones en sucesivas reuniones.