20151113

CCOO CONSIGUE TODOS LOS ELEMENTOS FUNDAMENTALES EN LA NEGOCIACIÓN

Ha tenido lugar la 13ª reunión de la mesa de negociación del convenio Colectivo empresas vinculadas de TdE, TME y TSol. En esta reunión la representación de la Empresa ha dado respuesta a las GARANTÍAS FUNDAMENTALES solicitadas por CCOO, así como una propuesta de subida salarial y de nuevo empleo.

INTERVENCIÓN DE LA EMPRESA SOBRE NUEVO DOCUMENTO CEV:

La RE hace una intervención resaltando la incorporación de las GARANTÍAS, tantas veces solicitadas por la RT, en este Convenio Colectivo. Además realiza una propuesta de subida salarial para los años 2015, 2016 y 2017 que, junto a un compromiso de creación de nuevo empleo, considera que da respuesta a la totalidad de las peticiones sindicales realizadas la última reunión.

·Capítulo de Garantías
Se incorpora el Capítulo III de Garantías recoge la garantía de empleo habitual en los convenios colectivos de TdE y TME, es decir, durante la vigencia del convenio “la reordenación del trabajo por causas de innovaciones tecnológicas, económicas, técnicas, organizativas o de producción, no será causa de baja en la Empresa con carácter forzoso” (Artículos 51 y 52 c. del E.T.).

Paralelamente se incorpora un compromiso de creación de empleo mínimo de 200 personas. En mismo apartado de Garantías, se recoge que “en caso de ser necesaria la reestructuración de actividades que tengan incidencia directa en el volumen de empleo, ningún trabajador de las mismas será adscrito con carácter forzoso, sin previo acuerdo con la RT”. La cláusula típica que protege contra la posibilidad de aplicación del Art. 44 del E.T., es decir, la garantía contra la segregación de plantilla.

En el mismo Capítulo, pero en el artículo 13 aparece el compromiso de no utilización de la movilidad geográfica interprovincial e interinsular con carácter forzoso.

· Cambio redacción en determinados artículos
Aceptando parte de las numerosas propuestas de CCOO la empresa entrega un nuevo texto completo. En cualquier caso, en los próximos días seguiremos ajustando el documento en la medida de nuestras posibilidades.

· Aspectos Salariales
· Año 2015: 200 euros lineales anticipados en el mes de octubre. 1% Masa salarial (0’4% en Tablas) que se incorporará a la subida salarial de 2016.
· Año 2016: 1’5% en Masa Salarial (1’2% en Sueldo Base) + el 04%, mencionado anteriormente, dan una subida salarial de 1’9% en M.S. y 1’6% en las Tablas salariales que se anexan. Adicionalmente una paga no consolidable en el mes de octubre de 200€.
· Año 2017: 1% en Masa Salarial aplicable según lo acuerde la Comisión de interpretación y vigilancia. Adicionalmente una paga no consolidable en el mes de octubre de 200€.

· Programa suspensión individual
La RE entrega una nueva versión del Programa de Suspensión Individual incorporando muy pocas de las aportaciones sindicales. La mas importante se refiere a la creación de una Comisión de Seguimiento para tratar aquellas cuestiones que el desarrollo del programa pudiera general.

INTERVENCIÓN Y VALORACIÓN DE CCOO:
Cuando en el mes de julio comenzamos esta negociación, novedosa en el Grupo Telefónica, CCOO se planteó como objetivo representar los legítimos intereses de las plantillas de las tres empresas,  consiguiendo la necesaria unificación de las condiciones laborales de las mismas.

Al mismo tiempo, desde CCOO impulsaríamos los aspectos concernientes a esta Negociación Colectiva tanto económicos, de garantías en el empleo, expectativas de promoción, aspectos sociales, cuestiones relacionadas con la conciliación de la vida personal y profesional y un largo etcétera que, entre la representación de la empresa y la representación social hemos debatido, desarrollando y acordando en las sucesivas reuniones, para caminar hacia el acuerdo final que todas y todos deseamos.

Una vez aceptada por la empresa la premisa que la negociación tendría como referencia la N.L. y los Convenios de TdE, el siguiente paso era la consecución de las garantías fundamentales incluidas en nuestra Plataforma de Convenio. En el documento entregado ayer 12 de noviembre, podemos encontrar que dichas garantías están recogidas para las plantillas de las tres empresas vinculadas, TdE, TME y TSol:


· Garantía de Empleo. Que garantizará nuestros empleos en Telefónica, incluso en caso de producirse aquellas causas para proceder a extinciones de contrato recogidas en el ET: reordenación del trabajo por causas de innovaciones tecnológicas, económicas, técnicas, organizativas o de producción. Especialmente importante para CCOO en un momento de continuas reformas laborales y en un sector convulso por las fusiones de empresas y los ERE’s
forzosos.

· Garantía de No Movilidad Geográfica Forzosa. Que evitará la utilización de la movilidad geográfica con carácter forzoso, apostando por la deslocalización de actividades y los traslados.

· Garantía de No Segregación Forzosa de Trabajadores/as. Impedirá que, en caso de decisión de externalizar una determinada actividad o departamento, la empresa pueda segregar forzosamente al personal que la realiza a otra empresa, utilizando para ello la aplicación del art. 44 del E.T. Y, como CCOO exigió, esta garantía contra la segregación forzosa de plantilla será efectiva incluso en el marco del grupo Telefónica.

· Creación de Nuevo Empleo. La empresa se compromete a la creación de 200 empleos durantela vigencia del convenio. Evidentemente toda contratación nos parece positiva pero en este momento en que la empresa ha presentado el Plan de Suspensión Individual de Empleo solicitamos un mayor compromiso y que la creación de empleo sea porcentual al número de trabajadores/as que se acojan al PSI.

· Mantenimiento de la Estructura Salarial existente en TdE. Consideramos que este aspecto se cumple en el documento entregado. Se mantiene la CP de TdE y se adscribe a ella, en el nivel salarial inmediato superior del puesto destino, a las plantillas de TME y TSol. Se convierte su variable en fijo, constituyéndose la 15ª paga, y comienzan a devengar retribución por antigüedad (bienios). A la vez queda descartada la implantación de la Valoración por Desempeño.

A estas garantías fundamentales CCOO añadió que se debe garantizar además en este proceso de integración, las condiciones laborales de las tres plantillas. No puede suponer, en ningún caso, pérdida económica para ningún/a trabajador/a, ni en el momento de la firma de este CEV ni ensu futura progresión profesional.

En la gran mayoría de los casos esta premisa se cumple en la propia adscripción, pero quedan algunos colectivos en que se deben acometer medidas que garanticen este criterio. Algunas ya están recogidas en este documento, como el tratamiento de los topados a causa de la adscripción y la creación de un nuevo puesto tipo para comercial. Además CCOO facilitará que todos/as los/as trabajadores/as de TME y TSol que piensen que, en su caso, no se cumple este criterio, pueda exponerlo a la Comisión de Seguimiento creada al efecto.

· Aspectos Salariales. La propuesta económica que realiza la empresa por primera vez en el documento de ayer nos parece claramente insuficiente. Cerrar 2015 únicamente con los 200€ del Plus de Convenio, recibidos en octubre, no es aceptable.

Sabemos que este año los deslizamientos que están siendo pagados (bienios y pases de nivel)
han supuesto un 0’6% de la masa salarial, aun así consideramos que las plantillas deben tener
una subida en tablas salariales y correspondientes atrasos, solicitamos por tanto o que se consolide el Plus de Convenio o se busquen otras fórmulas.

La propuesta para 2016 del 1’9% de subida nos parece correcta pero igualmente solicitamos que el plus de convenio sea consolidable.

En 2017 volvemos a considerar que la empresa no valora el esfuerzo que realizan las tres plantillas en la consecución de los buenos resultados económicos obtenidos por Telefónica, solicitamos que se mejore el porcentaje del 1% propuesto y, una vez más, que el plus de Convenio sea consolidable.

Cláusula de Revisión Salarial: Asimismo solicitamos que, como se ha hecho en algunos convenios anteriores, si el IPC fuera mayor a las subidas económicas acordadas, se proceda a su revisión para garantizar que no se produzca pérdida del poder adquisitivo de los/as trabajadores/as.

· Normativa Laboral. Tal como demandábamos desde CCOO se ha recogido en este texto toda la NL de TdE, revisada y actualizada por los sucesivos Convenios Colectivos, excepto aquellos artículos ya derogados, obsoletos o que ya no son de aplicación. Esto ha supuesto un documento con unos 200 artículos mas las disposiciones transitorias para cada una de las tres empresas, así como los diversos anexos.

Para finalizar, solicitamos un preámbulo sobre la utilización de lenguaje no sexista en este primer Convenio Colectivo de Empresas Vinculadas del Grupo Telefónica.

Solicitamos, igualmente, incluir en las disposiciones finales que este CEV se convertirá, excluyendo aquellas cuestiones limitadas a la vigencia del mismo, en la Normativa Laboral de las Empresas Vinculadas, utilizando para ello los cauces de registro y publicación establecidos.

CCOO estudiará y valorará en su globalidad este documento borrador de CEV, que la empresa
plantea como definitivo, en todas sus estructuras sindicales estatales y provinciales. Igualmente lo someterá también a la valoración de nuestro gabinete jurídico.

CCOO SOBRE EL "Programa Voluntario de Suspensión Individual (2016-2017)":

En la reunión de la semana pasada CCOO ya realizó algunas propuestas para mejorar el denominado “Programa voluntario de suspensión individual de la relación laboral”. Insistimos en que para solventar dudas e incertidumbres debemos acometer algunos cambios en las condiciones del programa presentado.

1.- Mejora de las condiciones económicas
Como ya avanzamos en la pasada reunión de CEV, consideramos necesario mejorar las condiciones económicas en alguna de sus fórmulas (pasar del 68% al 70% de la renta comprometida, revalorización de la renta, contabilización de bienios y pases de nivel, etc.).

2.- Transformación de rentas
En línea con la mejora de las rentas consideramos dos posibilidades de transformación de la renta y conceptos propuestos:

- Transformar las aportaciones del promotor al Plan de Pensiones en renta mensual.
- Para quienes puedan acceder a una jubilación anticipada a los 63 años transformar la renta de los 64 y 65 años en un reparto mensual. Evidentemente de manera voluntaria para quienes lo soliciten.

3.- Aspectos sociales
Dejar de manifiesto que las personas acogidas al plan de suspensión seguirán disfrutando de los aspectos sociales del convenio (FFSS, Ofertas empleados, etc.) del mismo modo que dispondrán de acceso a los servicios que actualmente presta el portal senior o similar.
De la misma manera que acordamos que la aportación del plan de pensiones es referida al salario en activo (100%) debe dejarse claro que la prestación del seguro colectivo de riesgo y, en su caso, seguro de supervivencia son referidas al salario último en activo.

En cuanto a la póliza de Salud consideramos que debe ser la que se ostente en situación de activo.

4.- Comisión seguimiento
Valoramos positivamente que se recoja en el documento la constitución de una comisión de seguimiento sobre el PSI y su inmediata puesta en funcionamiento.

5.- Aspectos de redactado del documento

- En la introducción, entre los argumentos para acogerse al PSI figura una mayor conciliación de la vida laboral y personal y la capacidad de tener tiempo. Sin embargo solicitamos eliminar del mismo la referencia a mejorar su propia empleabilidad.

- Entre las causas de extinción del pacto de suspensión solicitamos eliminar la siguiente:
"Por extinción del contrato de trabajo basado en cualquiera otro de los motivos legalmente contemplados como causa extintiva".

- Clarificar con mayor compromiso la garantía ante modificaciones legislativas.
Para finalizar, solicitamos un mayor compromiso con el nuevo empleo que las 200 plazas recogidas en el texto del CEV entregado en el día de hoy.

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