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20160322
20151126
Firmado el primer Convenio de Empresas Vinculadas (Tde-Tme-TSol)
Ha tenido lugar la 14ª reunión de la mesa de
negociación del Convenio Colectivo empresas vinculadas de TdE, TME y TSol. En la
misma, una vez tomada la decisión favorable al Convenio Colectivo en los órganos del
sindicato, CCOO ha procedido a su firma.
INTERVENCIÓN DE LA EMPRESA SOBRE EL CONVENIO COLECTIVO:
La RE hace una intervención resaltando las ventajas de este Convenio Colectivo, especialmente la
denominada triple Garantía, los aspectos económicos que suponen un significativo aumento del
poder adquisitivo, la unificación de las tres plantillas en un único sistema de Clasificación Profesional,
el modelo retributivo con extensión de los complementos circunstanciales y la retribución por tiempo
al conjunto de las tres empresas, suponiendo un nuevo incremento económico para el conjunto de la
plantilla.
Continuó la exposición detallando el esfuerzo de la empresa en la mejora de los aspectos sociales, la
creación de nuevo empleo, el alto compromiso en responsabilidad social y el aumento de las
garantías en el denominado Plan de Suspensión Individual.
Finalizó su intervención agradeciendo a todas las personas que han hecho posible este gran
Convenio Colectivo en la seguridad que se apuesta por una plantilla segura, estable y comprometida,
reconociendo que los trabajadores y trabajadoras son el principal activo de Telefónica en España
para asumir los retos que tenemos.
INTERVENCIÓN Y VALORACIÓN DE CCOO SOBRE EL CONVENIO COLECTIVO:
Desde CCOO hemos defendido siempre un marco de diálogo social en Telefónica, fruto de ello son
todos los acuerdos a los que se ha llegado entre empresa y sindicatos y que han servido para
garantizar nuestro empleo y nuestras condiciones económicas y laborales. Esta negociación del 1º
Convenio Colectivo de Empresas Vinculadas del Grupo Telefónica debía tener los mismos objetivos.
Desde CCOO sabíamos que no iba a ser fácil hacer converger las condiciones laborales y
económicas de tres colectivos con convenios diferentes, teniendo presente que estaban
compartiendo actividad con salarios, jornadas y condiciones laborales desiguales. Esta fue la razón
fundamental por la que desde CCOO pedíamos la integración en TdE de todos los colectivos ahora
afectados, lo hicimos entonces en solitario, aunque pese a algunos/as compañeros/as que ahora
claman por aquella reivindicación.
Abordando la negociación del Convenio Colectivo, son ya sobradamente conocidos los aspectos
fundamentales para CCOO: la garantía de empleo, la no movilidad interprovincial-interinsular, la
mejora del poder adquisitivo y la no valoración del desempeño. Por tanto, estos aspectos son los
que pusimos en valor en primer lugar. Algunos compañeros/as pueden pensar que estas garantías
vienen dadas como un derecho heredado, sin embargo, es justo lo contrario.
A partir de ello, el mantenimiento de nuestra estructura salarial de TdE y la adscripción de los
colectivos de TME y TSol a la misma, con bienios incluidos, era una exigencia de CCOO y así se ha
reflejado en el Convenio Colectivo.
Desde CCOO demandamos que se actualizase y trasladase la Normativa Laboral de TdE.
Continuando con esta premisa exigimos y conseguimos que se incluyese una disposición final para
que este primer CEV se constituyese como la NL de las tres empresas.
Desde CCOO consideramos que es indudable la mejora de las condiciones laborales con este
Convenio Colectivo y deseamos expresar los aspectos más relevantes:
• Subida salarial que garantiza el incremento del poder adquisitivo durante la vigencia del
convenio.
• 4 días de asuntos propios consolidados (uno de ellos fraccionable).
• 24 y 31 de diciembre: consolidados como días no laborables y retributivamente como
sábados.
• Mejora de la póliza Antares, con reembolso médico, farmacéutico y nuevas especialidades.
Solicitando se mantengan, a título personal, las pólizas mas garantistas de quien lo disfrutara
hasta el momento.
• Regulación más garantista y justa del teletrabajo, con registro de peticiones y rotatividad entre
los peticionarios.
• Garantía de empleo, de no segregación ni movilidad geográfica forzosas.
20151121
CERRADA CLAUSULA ECONÓMICA
Reunidos los portavoces de la mesa de negociación del CEV de TdE, TME y TSol, se ha negociado y formalizado el acuerdo económico de dicho convenio, que finalmente establece la subida
salarial para cada uno de sus tres años de vigencia, de forma que, para el año 2015 se contempla
una subida salarial del 1%, consolidable, que, para no dislocar las tablas salariales establecidas
como referencia para la adscripción de los compañeros de TME y TSol al esquema retributivo de
TdE, se adicionará a la subida salarial del 2016, constituida por el 1 ́5 %.
Por tanto, una vez aplicados los deslizamientos del 2015, cifrados en el 0 ́6 %, se estipula un
incremento de la masa salarial teórica global del 1,9% con carácter consolidable para el año
2016.
Se acuerda igualmente un incremento de la masa salarial teórica global del 1,5%, con carácter
consolidable, para el año 2017.
Se acuerda el abono en el mes de Octubre de cada uno de los tres años de una retribución, que
se devengará en función del tiempo de permanencia en activo de 200 € para el año 2015, de 350 €
para el año 2016, ambas no consolidables, y una última de 250 € para el año 2017, que sí
tendrá carácter consolidable y se adicionará a los sueldos base a 31 de diciembre de 2017.
20151113
CCOO CONSIGUE TODOS LOS ELEMENTOS FUNDAMENTALES EN LA NEGOCIACIÓN
Ha tenido lugar la 13ª reunión de la mesa de negociación
del convenio Colectivo empresas vinculadas de TdE, TME y TSol. En esta reunión la representación de la Empresa ha dado respuesta
a las GARANTÍAS FUNDAMENTALES solicitadas por CCOO, así como una propuesta
de subida salarial y de nuevo empleo.
INTERVENCIÓN DE LA EMPRESA SOBRE NUEVO
DOCUMENTO CEV:
·Capítulo de Garantías
Se incorpora el Capítulo
III de Garantías recoge la garantía
de empleo habitual en los
convenios colectivos de TdE y TME, es decir, durante la vigencia del convenio
“la reordenación del trabajo por causas de innovaciones tecnológicas,
económicas, técnicas, organizativas o de producción, no será causa de baja en la Empresa con carácter
forzoso” (Artículos 51 y 52 c. del E.T.).
Paralelamente se
incorpora un compromiso de creación
de empleo mínimo de 200 personas. En mismo apartado de Garantías, se recoge
que “en caso de ser necesaria la reestructuración de actividades que tengan
incidencia directa en el volumen de empleo, ningún trabajador de las mismas
será adscrito con carácter forzoso, sin previo acuerdo con la RT ”. La cláusula típica que
protege contra la posibilidad de aplicación del Art. 44 del E.T., es decir, la garantía contra la segregación de
plantilla.
En el mismo Capítulo,
pero en el artículo 13 aparece el compromiso de no utilización de la movilidad
geográfica interprovincial e interinsular con
carácter forzoso.
· Cambio redacción en determinados
artículos
Aceptando parte de las
numerosas propuestas de CCOO la empresa entrega un nuevo texto completo.
En cualquier caso, en los próximos días seguiremos ajustando el documento en la
medida de nuestras posibilidades.
· Aspectos Salariales
· Año 2015: 200 euros lineales
anticipados en el mes de octubre. 1% Masa salarial (0’4% en Tablas) que se
incorporará a la subida salarial de 2016.
· Año 2016: 1’5% en Masa Salarial (1’2% en
Sueldo Base) + el 04%, mencionado anteriormente, dan una subida salarial de
1’9% en M.S. y 1’6% en las Tablas salariales que se anexan. Adicionalmente una
paga no consolidable en el mes de octubre de 200€.
· Año
2017: 1% en Masa Salarial aplicable según lo acuerde la Comisión de
interpretación y vigilancia. Adicionalmente una paga no consolidable en el mes
de octubre de 200€.
· Programa suspensión individual
INTERVENCIÓN Y
VALORACIÓN DE CCOO:
Cuando en el mes de
julio comenzamos esta negociación, novedosa en el Grupo Telefónica, CCOO se planteó como objetivo representar los
legítimos intereses de las plantillas de las tres empresas, consiguiendo la necesaria unificación de las
condiciones laborales de las mismas.
Al mismo tiempo, desde CCOO impulsaríamos los
aspectos concernientes a esta Negociación Colectiva tanto económicos, de
garantías en el empleo, expectativas de promoción, aspectos sociales,
cuestiones relacionadas con la conciliación de la vida personal y profesional y
un largo etcétera que, entre la representación de la empresa y la
representación social hemos debatido, desarrollando y acordando en las
sucesivas reuniones, para caminar hacia el acuerdo final que todas y todos
deseamos.
Una vez aceptada por la
empresa la premisa que la negociación tendría como referencia la N.L. y los Convenios de TdE,
el siguiente paso era la consecución de las garantías fundamentales incluidas
en nuestra Plataforma de Convenio. En el documento entregado ayer 12 de
noviembre, podemos encontrar que dichas garantías están recogidas para las
plantillas de las tres empresas vinculadas, TdE, TME y TSol:
20151112
CCOO SIGUE MEJORANDO LA PROPUESTA DE SUSPENSIÓN DE CONTRATO (PSI)
En la reunión del pasado 29 de octubre la RE presentó un documento que denomina "Programa voluntario de suspensión individual de la relación laboral (2016-2017)". Desde el inicio el programa se ajusta a los criterios de voluntariedad, universalidad y no discriminación comprometidos por CCOO para cualquier programa de desvinculaciones en la Empresa.
Como en el resto de programas o ERE, CCOO realiza propuestas de mejora que permita transmitir confianza, seguridad y unas adecuadas condiciones económicas. En esta ocasión no iba a ser distinto y, en la misma reunión de presentación, CCOO ya realizó algunas propuestas que la RE, en la reunión del día 5 de noviembre, ha recogido en parte:
· Que el coste de la póliza de salud (Antares) sea asumido íntegramente por la empresa y no sólo en el 40% como proponía.
· Que la aportación del promotor al Plan de Pensiones se realice sobre el salario regulador (salario en activo) y no sobre la renta reconocida (68%). Del mismo modo debe tratarse el Seguro Colectivo de Riesgo, es decir, sobre el último salario en activo.
· Que la empresa reintegre el importe correspondiente al Convenio Especial con la S.Social hasta la fecha de jubilación ordinaria (especialmente importante para quienes no puedan jubilarse a los 65 años).
Sin embargo, CCOO también solicitó una mejora de las condiciones económicas que incrementasen el porcentaje de salario del 68% propuesto (aumentando dicho porcentaje, revalorizando la renta, contabilizando los bienios posteriores u otras fórmulas similares) y, en este sentido, no han sido atendidas, por el momento, nuestras reivindicaciones.
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